TELESUR.- El presidente saliente de Colombia, Álvaro Uribe, podría decretar este martes o miércoles, a 40 días de terminar su mandato, un estado de conmoción Interior supuestamente para enfrentar la criminalidad y evitar la excarcelación de los jefes de bandas organizadas, pero se teme que se use el recurso para que el gobernante nombre un nuevo Fiscal General pese al rechazo de la Corte Suprema.

El objetivo, afirmó Uribe, es «darle más atribuciones a la justicia para enfrentar la criminalidad», tras indicar que con las medidas que podrían adoptarse en el marco de la conmoción interior no existe «el propósito de usurpar, por parte del Gobierno, competencias de la justicia», pero sí la intención «de que la justicia tenga mejores competencias».

Según el mandatario colombiano, la conmoción «nunca puede tocar las normas constitucionales y la elección de Fiscal de Colombia hoy es objeto de un artículo de la Constitución».

Por su parte, los magistrados de la Corte Suprema de Justicia de Colombia advirtieron este martes que en caso que Uribe nombre al Fiscal General de la Nación, mediante la declaratoria del Estado de Conmoción Interior, este recurso «no sería avalado por el alto tribunal».

«Esa designación sería objeto de un estado de excepción constitucional y por ello no tendría validez para la Corte Suprema de Justicia», señalaron los magistrados colombianos.

Agregaron que «el nombramiento del Fiscal General mediante la Conmoción Interior violaría el artículo 4 de la Carta Política, puesto que la Constitución es norma de normas».

Según el ex presidente de la Corte Constitucional Alfredo Beltrán, el Estado de Conmoción Interior se convoca cuando se presentan hechos graves que alteran el orden público o pueden alterarlo. «Pero eso no se ve en este caso», dijo.

Por su parte, el ex magistrado de la Corte Constitucional Jaime Córdoba Triviño dijo que el Gobierno puede incurrir en un «grave error de apreciación» y con esta decisión podría pasar «a un régimen de anormalidad jurídica», donde el Presidente de la República adopta el poder de legislar transitoriamente al adoptar facultades que le corresponden sólo al Congreso de la República.

La conmoción interior le permitiría al presidente colombiano recurrir a mecanismos excepcionales para contrarrestar situaciones que perturben el orden público.  Entre las decisiones extraordinarias que el Gobierno de Uribe pretende decretar está la creación de un cuerpo de jueces nacionales de garantías que sustituyan, durante el tiempo que dure la declaratoria (90 días según la Constitución) a los jueces municipales que están encargados de legalizar capturas y de dictar medidas de aseguramiento.

Según el Gobierno de Uribe, el propósito de esta medida «es evitar la excarcelación masiva» de delincuentes y jefes de nuevas bandas criminales, como sucedió el pasado 19 de junio, en la que un juez de Caucasia (Antioquia, noreste) decidió dejar en libertad a Óscar Galvis, alias Pantera, señalado de comandar la peligrosa banda de ‘Los Paisas’.
La decisión del juez se ajustó a la ley al comprobar que hubo errores en el procedimiento de captura.

Tras esa situación, Uribe pidió al juez capturarlo y mantenerlo bajo custodia y que sería el Presidente de la República quien se haría directo responsable de la decisión. Sin embargo, el juez prefirió acogerse a lo establecido en la Ley.

La medida, según el presidente Uribe, busca nuevos recursos para que jueces y fiscales tengan mayores herramientas para combatir a estas bandas criminales, aunque para algunos la declaratoria iría más allá, puesto que el mandatario colombiano al estar amparado bajo este estado de excepcionalidad podría nombrar al Fical General, que asumiría en propiedad un cargo que está a punto de cumplir un año de interinidad, según magistrados colombianos.

Un diario colombiano conoció que el decreto, que será expedido entre este martes y miércoles, fue previamente consultado con el procurador de Colombia Alejandro Ordóñez y expertos constitucionalistas, quienes le estarían haciendo los últimos retoques.

El Consejo Superior de la Judicatura y la misma Fiscalía General de la Nación también habrían sido informados sobre esta conmoción interior.

El decreto de conmoción tiene una vigencia inicial no mayor a tres meses y es prorrogable hasta por dos períodos iguales. La segunda prórroga requiere concepto previo favorable del Senado de la República.

Mediante su declaratoria, el Gobierno colombiano tiene facultades estrictamente necesarias para conjurar las causas de la perturbación e impedir la extensión de sus efectos, a través de decretos legislativos que al día siguiente de su expedición deben enviarse a la Corte Constitucional para ser revisados.

Durante su vigencia se pueden suspender transitoriamente las leyes que sean incompatibles con la situación que generó la declaratoria de la conmoción.

2 respuestas a “Uribe decretará »estado de conmoción» interna.”

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